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Colón de San Justo apeló el fallo y la resolución fue positiva: el Conquistador seguirá jugando en la A1 del Torneo Oficial 2015. A continuación los considerandos del HTJ de la ASB:
EXPTE. Nº 0059-2014
PARTIDO RIVADAVIA B Vs. COLON DE SAN JUSTO
CATEGORÍA MAYORES
RESOLUCIONES
RESUELVE: 1.- Rechazar por improcedente el recurso de nulidad interpuesto por el Club Colón de San Justo en contra de la resolución del 22 de diciembre de 2014; 2.- Hacer lugar parcialmente al recurso de apelación intentado en contra de la resolución del HTJ de fecha 22 de diciembre de 2014, revocando en su totalidad el punto 3. de la misma y en su lugar, por los argumentos vertidos en esta resolución, disponer que el partido concluya con su resultado según la planilla de juego siendo ganado por el Club Colón de San Justo por 81 tantos contra 69 tantos del Club Rivadavia B, obteniendo 2 puntos el Club Colón de San Justo y 1 punto el Club Rivadavia "B". 3.- Efectuar un SEVERO LLAMADO DE ATENCIÓN al Club Colón de San Justo por los términos en los cuales manifiesta en forma agraviante su acción recursoria. 4.- Disponer que el HTJ de la ASB disponga la ampliaciación de las actuaciones a los fines de determinar la participación, conducta e intencionalidad de los partícipes Club Colón de San Justo y jugador Nicolás Alejandro Villalba en el otorgamiento del COT a favor del Club Huracán de San Javier, al no encontrarse legitimados para ello por carecer de los derechos federativos respecto de Nicolás Alejandro Villalba. 5.- Imponer las costas en esta instancia de Alzada al Club Colón de San Justo por haber dado lugar a las mismas con su actuación. Resérvese el original, agréguese copia, hágase saber y oportunamente bajen. Concluido el Acuerdo firman los sectores miembros del Tribunal.