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¿Quiénes deben presentar la declaración anual?

10/04/2019 18:40 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Conoce si debes hacer tu declaración anual para que lo hagas este mes de abril y evites multas o recargos

Muchas dudas surgen año con año sobre quién debe presentar la declaración anual y lo más importante es cómo debe hacerse.

 

Primeramente están obligadas las personas a presentar la declaración anual en abril que cumplan con alguno de los siguientes requisitos.

 

  • Aquellos que trabajen por su cuenta y hayan reportado ingresos por medio de facturas antes conocidas como honorarios; es decir aquellos profesionales que hayan desarrollado actividad. Sin embargo aunque reporten en ceros es necesario hacer declaración anual.

  • Quienes tengan actividades empresariales y las desarrollen, aún los que estén dados de alta por régimen de incorporación fiscal.

  • Los arrendatarios que cobran renta por algún inmueble de cualquier tipo, comercial o habitacional.

  • A los que adquirieron un inmueble o lo vendieron.

  • Los asalariados que están en alguna de las siguientes situaciones

  • Que tuvieron más de 2 patrones en el año

  • Que dejaron de ejercer antes del 31 de diciembre del 2018

  • Los obligados son aquellos que hayan generado ingresos de otras fuentes o hayan tenido varios patrones

    Si ganaron más de 400 000 pesos en el año.

  • Si tuvieron un salario de un empleador ubicado en el extranjero que no esté obligado a hacer retenciones.

  • Si tuvieron algún ingreso por alguna indemnización o a consecuencia de la jubilación

  • Si sus ingresos fueron generados por actividades relacionadas con la agricultura, silvicultura, ganadería o pesca.

 

Los exentos de esta declaración anual son los siguientes:

  • Quienes hayan recibido ingresos de manera exclusiva por salarios de 1 solo patrón, es decir que no tuvieron ingresos por otra fuente como premios, donativos o préstamos y sus recibos de nómina están debidamente emitidos.

 

En caso de préstamos, premios y donativos es necesario hacer la declaración de los mismo siempre y cuando excedan los 600 000 pesos de manera individual o en la suma de todos.

 

Entonces si cumples con alguna de las causales para hacer tu declaración, ya sea que te haya pagado un outsourcing, que hayas cambiado de trabajo o simplemente que no sepas si tu empresa hace el timbrado de nómina de manera correcta, solicita una cita en SAT y libérate de dudas.

Los exentos de esta declaración anual son los que solo hayan estado con 1 patrón y no hayan recibido premios, indemnizaciones o donativos


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Contabile (11 noticias)
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