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Queremos recordarte que se, necesitas ayuda de forma directa sobre tu salario y los derechos laborales, puedes contactar fácilmente con Abogados Laboristas
Traemos para el conocimiento en general un tutorial que habla sobre los derechos laborales y las prestaciones de los trabajadores dependientes.
Tendremos como contenido:
Varios conceptos y definiciones sobre el salario, y criterios que permiten establecer un sueldo.
Queremos recordarte que se, necesitas ayuda de forma directa sobre tu salario y los derechos laborales, puedes contactar fácilmente con Abogados Laboristas.
El salario según la OIT (organización Internacional del trabajo), dice que:
El salario es la remuneración o ganancia que se puede expresar en dinero y establecido por un contrato o legislación nacional, que con base a un acuerdo escrito o oral, define sobre que servicios debe pagar el empleador al empleado. Ya sea por trabajo efectuado o por servicio prestado. Este empleador debe percibir una remuneración ordinaria fija o variable.
Código sustantivo del trabajo y de la seguridad social:
El concepto que tiene el código sustantivo del trabajo dice sobre salario es el siguiente:
El salario es la contraprestación principal y directa que recibe el trabajador por la transmisión que hace de su fuerza de trabajo para ponerla a disposición del empleador. Este tipo de salario tiene dos modalidades en dinero o en especie.
Otra definición sobre el salario:
La empresa y trabajador pueden convenir libremente el salario en sus diversas modalidades, pero respetando siempre el salario mínimo legal vigente mensual.
Abogado Laboral a tu disposición para subsanar todas tus dudas, en Málaga
Criterios que permiten establecer si las sumas dadas al trabajador constituyen un salario:
1º El carácter retributivo - El pago debe corresponder en forma directa a la prestación de un servicio, cualquiera que sea la forma o denominación que se adopte como horas extras, bonificación habitual, comisiones, sobresueldos pagados por fuera de nómina entre otros.
2º El carácter de no gratuidad o liberalidad - Es decir, este principio guarda relación con el anterior.
En consecuencia, no constituyen salario los pagos que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador como bonificaciones ocasionales
3º El Carácter de ingreso personal - Los pagos deben ingresar realmente al patrimonio del trabajador, enriqueciendo como dice la ley, de tal manera que con este ingreso pueda vivir. No es un salario, de acuerdo con este principio, los medios de transporte o los elementos de trabajo.
4º Principio de la habitualidad - Dice que, en algunos casos y depende del caso analizado viene a ser un factor determinante para saber si una suma es o no salario.
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