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Elecciones, moción de censura... ¿qué dice la ley para desatascar el embrollo político en Madrid?

10/03/2021 15:31 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Una moción de censura de Ciudadanos contra el Gobierno de Murcia, del que formaban parte, ha provocado un terremoto político que ha terminado metiendo a Madrid en un laberinto jurídico del que no será fácil que salga. La presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso, ha convocado elecciones regionales para el próximo 4 de mayo. Sin embargo, las mociones de censura registradas por PSOE y Más Madrid han dejado en el aire esos comicios. Todas las partes defienden ahora su posición y se escudan en diferentes articulados legales que no llevan a ninguna conclusión clara. Es más, fuentes jurídico parlamentarias consultada por 20Minutos dan por hecho que se desarrollará una batalla legal que acabará dirimiendo el Tribunal Constitucional.

Fuentes cercanas a Ayuso han aclarado que la presidenta ha firmado el decreto de disolución de las cortes alrededor de las 12 del mediodía. Dan por hecho que el decreto entra en vigor en ese momento, aunque no se haya publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). Aluden al punto 1 del artículo 42 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG), que sí marca que "los decretos de convocatoria se publican, al día siguiente de su expedición, en el Boletín Oficial" y que "entran en vigor el mismo día de su publicación".

Además, las mismas fuentes entienden que, al estar disuelta la Asamblea desde el momento en el que la presidenta firma el decreto, no se puede convocar a la Mesa, que es la que ha admitido a trámite las dos mociones de censura presentadas por Más Madrid y PSOE después de que la presidenta anunciase la convocatoria de elecciones. "Los acuerdos de la Mesa de la Asamblea de Madrid de hoy no son válidos porque se ha convocado la Mesa de manera irregular. A partir de las 00:01, la Asamblea no puede convocar nada. [Juan] Trinidad, presidente de la Asamblea, está incurriendo en prevaricación".

También el punto dos del artículo 8 de la ley electoral de la Comunidad expone que ese decreto no entra en vigor hasta que no se publica al día siguiente en el boletín oficial. "El Decreto de convocatoria, que será publicado al día siguiente de su expedición en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, fecha en la que entrará en vigor, señalará la fecha de las elecciones", expone.

Sin embargo, esa diferencia temporal no ha impedido que la izquierda se aferra a sus movimientos parlamentarios, que han sido registrados poco después del anuncio de Ayuso y antes de que ese anuncio se hiciera efectivo con su publicación en el BOCM. Y con eso juegan. Después de que Más Madrid y PSOE presentaran sus mociones, el presidente de la Asamblea, Juan Trinidad, ha convocado a la Mesa y ha admitido ambas propuestas, lo que podría inhabilitar la convocatoria de elecciones.

Fuentes socialistas presentes en el parlamento madrileño inciden en que la Asamblea no se ha disuelto y que por eso la mesa tiene la potestad de admitir las mociones que impedirían la convocatoria electoral. Y es que, quien ostenta la Presidencia de la Comunidad tiene potestad para disolver las cámaras y convocar los comicios siempre y cuando no se haya presentado una moción de censura que ataría a la actual mandataria de pies y manos.

El estatuto de autonomía de Madrid lo expone así: "El presidente no podrá acordar la disolución de la Asamblea durante el primer período de sesiones de la legislatura, cuando reste menos de un año para la terminación de la legislatura", o, "cuando se encuentre en tramitación una moción de censura".

No obstante, estos argumentos son rechazados por José Manuel Vera, catedrático en Derecho Constitucional y editor de Constitución para todos. En una conversación con este diario, señala que "no está en discusión que la disolución se ha presentado antes que la moción de censura" y que ha de primar el decreto de convocatoria de elecciones porque, en caso de que se admitiesen las mociones, "se impediría de facto que cualquier presidente regional pudiera disolver las cortes". "O lo hace en secreto o siempre se le daría la posibilidad a los partidos de la oposición de presentar una moción de censura, lo que conculcaría cualquier posibilidad fáctica de que se disolvieran las cortes", añade.


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20minutos.es
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