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Fallo de la Corte de La Haya: Argentina-Uruguay

23/04/2010 15:20 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

El Día Martes 20 de Abril de 2010 la Corte Internacional de Justicia dio su dictamen sobre el conflicto que mantienen desde hace varios años Argentina y Uruguay por la instalación de una fabrica productora de pasta de celulosa (mal llamada papeleras)

El Día Martes 20 de Abril de 2010 la Corte Internacional de Justicia dio su dictamen sobre el conflicto que mantienen desde hace varios años Argentina y Uruguay por la instalación de una fabrica productora de pasta de celulosa (mal llamada papeleras).

Una importante cantidad de gente denominada Asamblea Ambiental de Gualeguaychu (ACAG) tiene cortado el paso internacional (el acceso al puente que une esa ciudad con Fray Bentos) en protesta por la instalación que presuponen les contaminaría el ambiente. Este corte (que fue en su momento condenado por el tribunal arbitral del Mercosur) a complicado enormemente la relación entre ambos países. A pesar de que en el año 2004 (como reconoció la CIJ) hubo un acuerdo entre los cancilleres de ambas orillas, el gobierno de Argentina decidió presionado por la ACAG demandar a Uruguay en la CIJ por supuesta violación del tratado del Rio Uruguay.

En la presentación inicial Argentina pidió que se suspenda la construcción de la planta en forma precautoria, pero al CIJ decidió no hacer caso a esa propuesta por considerar que no había peligro alguno. Luego Uruguay pidió a la CIJ que ordenara a Argentina levantar el corte de rutas, pero la CIJ dijo que ese tema no era de su competencia porque estaba fuera del tratado del Río Uruguay.

El veredicto final dado el martes es muy importante porque abre una nueva etapa que facilitaría la relación entre ambos países, pese a que la ACAG sigue sosteniendo la medida del corte.

¿En qué consistió el fallo? En la lectura el presidente en ejercicio de la corte aclaro que había dos aspectos: uno de procedimiento y otro de sustancia. El resumen se reduce a tres partes:

En ingles:

(1) finds, by thirteen votes to one, that the Eastern Republic of Uruguay has breached its procedural obligations under Articles 7 to 12 of the 1975 Statute of the River Uruguay and that the declaration by the Court of this breach constitutes appropriate satisfaction;

(2) finds, by eleven votes to three, that the Eastern Republic of Uruguay has not breached its substantive obligations under Articles 35, 36 and 41 of the 1975 Statute of the River Uruguay;

(3) rejects, unanimously, all other submissions by the Parties.

La CIJ establece que Uruguay a cumplido con las obligaciones sustantivas

O sea Uruguay ha incumplido las obligaciones procedimentales (de procedimiento) del Estatuto del Rio Uruguay de 1975. Es importante aclarar que es del estatuto y no del tratado que es anterior. Además establece que Uruguay ha cumplido con las obligaciones sustantivas (las esenciales) que tienen que ver fundamentalmente con el tema ambiental. Por último rechaza todo otro pedido. Entre ellos el pedido de Argentina de que la CIJ obligue a Uruguay de ofrecer garantías y se abstenga de incumplir el tratado. A esto último la CIJ respondió: La Corte no ve una circunstancia especial como para ordenar una medida como la que busca la Argentina

La CIJ rechazo todas las denuncias de contaminación estableciendo que Uruguay ha cumplido con los parámetros internacionales y calificando muchas de esas acusaciones de episódicas y controladas. De hecho algunas fueron incluso difundidas por al DINAMA (la dirección de medio ambiente uruguaya).

Aunque actualmente muchos intentan cambiar el eje de la cuestión que era la supuesta amenaza de contaminación hacia el tema del tratado y el incumplimiento de Uruguay la esencia de la resolución establece que la empresa seguirá operando. El decano de la facultad de ciencias exactas y naturales de la Universidad de Buenos Aires declaro síntomas de disconformidad con la resolución, lo que no explica es que si esta tan seguro porque no pudo aportar las pruebas a la cancillería Argentina. La cancillería se dedico años a buscar todas las evidencias que pudieran tener para sostener la supuesta contaminación, pero a pesar de eso no pudo demostrarla. Los informes científicos independientes (como los de Green Cros) y las medidas de control de Uruguay han sido contundentes: la planta de producción de celulosa no lleva peligro al medio ambiente.

Ahora se trata de que ambos países refuercen sus lazos de amistad, avancen en el monitoreo conjunto, no sólo de la planta de celulosa sino de todas las industrias que vierten en el Río Uruguay. Por ejemplo el Polo Industrial de Gualeguaychu tiene varias falencias y mucha falta de control de sus vertidos.

Ya está anunciada una reunión entre el presidente Uruguayo y la presidenta Argentina, esperemos sirva para una mejor relación entre ambos países. Un tema pendiente y aún no resuelto es el del bloqueo del paso internacional por parte de la ACAG, será responsabilidad del gobierno Argentino tomar las medidas del caso para resolver ese punto.


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