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El psicoanalista Guillermo Greco advierte que no se debe confundir responsabilidad e imputabilidad con pena
Cada vez que los medios nos conmueven con noticias de asesinatos cometidos con motivo de robo, predominantemente de automóviles, también se difunden reclamos de mano dura y pena de muerte, a lo que se agrega, cuando el sospechoso de asesinato es un menor de edad, la reducción de la edad mínima de imputabilidad penal.
Cuando un menor de edad está implicado en un asesinato se escuchan voces que piden la reducción de la edad mínima de imputabilidad creyendo que esa medida ayudaría a mejorar las condiciones de seguridad, pero la imputabilidad o inimputabilidad es una cuestión de justicia más que de seguridad. Se trata de una resolución judicial que significa que el juez considera que el acusado reúne o no las condiciones subjetivas necesarias como para soportar un proceso penal, que se le puede atribuir o no un delito y eventualmente la culpabilidad, pero nada dice respecto del veredicto final (culpable o inocente) y menos aún respecto de la pena que le correspondería en caso de ser hallado culpable. Pero cuando interviene el juez el delito ya se produjo; lo que se espera de él es que le haga pagar sus cuentas al culpable, pero lo hecho, hecho está. Los problemas de seguridad, entonces, deben ser resueltos antes de que se plantee la cuestión de la inimputabilidad.