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Sus objetivos son favorecer la integración de las personas y de los colectivos en la sociedad, valorando y solucionando las dificultades, aportando recursos que mejoren la calidad de vida y evitando las causas que conducen a la exclusión social
Los Estados de bienestar de las naciones desarrolladas reconocen y protegen el derecho universal de todas las personas a recibir prestaciones y servicios por medio de un sistema de servicios sociales, en condiciones de igualdad, para que así puedan desarrollarse plenamente, individual y socialmente.
Tienen derecho a recibir la prestación de servicios sociales de las administraciones todas las personas que tengan vecindad administrativa en su comunidad en los términos que establece la legislación de cada autonomía.
Los titulares del derecho a recibir servicios sociales tienen reconocidos por ley una serie de derechos y obligaciones. Y es este reconocimiento universal del derecho lo que permite a los usuarios exigir su cumplimiento ante la Administración Pública, que tiene la obligación de garantizarlos, incluso reclamando su cobertura en vía administrativa y judicial, si fuera necesario.
El objetivo principal es promover los mecanismos para conocer, prevenir e intervenir con personas, familias y grupos sociales, especialmente si se encuentran en situación de riesgo social o exclusión, permitiéndoles llevar una vida digna y poder integrarse plenamente en la sociedad.
Los servicios sociales deben promover los mecanismos para conocer, prevenir e intervenir con personas, familias y grupos sociales
Deben tramitar las prestaciones económicas de urgencia social, las prestaciones económicas de ámbito municipal y todas aquellas que les sean atribuidas.
El artículo 9.2 de la Constitución de 1978 dice: <<Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social>>.
Para ello, las Comunidades Autónomas han aprobado leyes de servicios sociales, cuyo eje central es la organización del sistema público de servicios sociales, desarrollando un papel de atención primaria y servicios de atención especializada en el ámbito de personas sin hogar. Además en las carteras de prestaciones y servicios sociales de las Comunidades Autónomas se han identificado los servicios y prestaciones que se deben garantizar en el ámbito de las personas en riesgo de exclusión. Estas prestaciones se ejecutan a través de los servicios sociales municipales, que constituyen el nivel de atención e inserción primario.
Esta atención primaria incluye los programas de urgencias y emergencias sociales y la atención a los sectores y colectivos con problemas sociales específicos. Este conjunto de servicios integran los servicios sociales especializados, que constituyen el segundo nivel de atención.
Se supone que ha habido una evolución histórica en España en los términos utilizados y asociados al bienestar social, así como su desarrollo en las formas de intervención y las de afrontar los problemas sociales. ¿Pero es esto así?