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Muchos menores presencian las agresiones e incluso en ocasiones las sufren ellos mismos. La legislación reconoce a estos menores como víctimas directas de la violencia de género
En el CSS he atendido a numerosas mujeres víctimas de violencia de género. En la mayoría de los casos, sus hijos menores han presenciado las agresiones e incluso en ocasiones las han sufrido ellos mismos. Un informe de la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género (2012), recoge que en el 63, 6% de los casos los hijos presenciaron los episodios de violencia. Y el 64, 2% de estos hijos sufrieron a su vez violencia directa. Otros estudios muestran cifras incluso superiores (Corbalán y Patró, 2003).
La Ley de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género reconoce a estos menores como víctimas directas de la violencia de género, debido a las importantes secuelas que padecen muchos niños y adolescentes al presenciar cómo su padre golpea, insulta, agrede, amenaza e incluso asesina a su madre.
La violencia de género se encuentra muy extendida, y en nuestro Centro la afluencia de víctimas era casi diaria. Las mujeres afectadas sufrían numerosas secuelas físicas y psíquicas: lesiones físicas, ansiedad, depresión, miedo constante, hipervigilancia, crisis de llanto, sentimientos de culpa y problemas psicosomáticos. Los niños también sufren importantes secuelas psicológicas. Entre los menores que he atendido he observado problemas de ansiedad, depresión, miedo a su padre, rebeldía, conductas disruptivas en casa y en la escuela, absentismo y fracaso escolar, huidas del domicilio familiar, e incorporación a bandas callejeras. Por su parte, la psicóloga Irene Zubizarreta (2004) enumera una serie de secuelas en los menores afectados: trastornos del apego, dificultades de adaptación escolar, problemas en el desarrollo socioemocional, dificultades en la relación con sus iguales, conductas de retraimiento, comportamientos disruptivos y agresivos, baja autoestima, ansiedad, depresión, y problemas de aprendizaje.
Algunos de estos menores desarrollarán trauma complejo, por la acumulación repetida de episodios de violencia grave a lo largo de los años. La persona que le pone en peligro a él/ella y a su familia, es precisamente quien debería protegerles. En este contexto, pueden surgir los apegos inseguros: ansioso, evitativo o desorganizado, y otras secuelas como alteraciones emocionales, conductas autolesivas, amnesia, episodios disociativos, despersonalización, sentimientos de culpa y vergüenza, síndrome de Estocolmo respecto al maltratador, dificultades para confiar en otras personas e intimar, problemas psicosomáticos y desesperanza. Algunos menores llegarán a convertirse ellos mismos en perpetradores de violencia en el futuro.
Sin embargo, pese a la gravedad de las secuelas para la integridad física y mental e incluso para la vida de los menores, aún nos encontramos con graves situaciones de desprotección. Desde que la madre decide denunciar, hasta que se dicta sentencia firme, queda en manos del juez decretar el establecimiento de medidas cautelares. En muchos casos, nos hemos encontrado con que el juez no suspende el régimen de visitas, ni decreta la supervisión de las mismas en un Punto de Encuentro Familiar, con lo que el padre puede llevarse a los menores durante fines de semana y vacaciones. En ocasiones, los menores han sufrido agresiones graves durante el régimen de visitas y nos lo han narrado a su regreso. En otros casos, incluso existiendo sentencia judicial condenatoria, los agresores mantienen el régimen de visitas de los menores. Aún muchos jueces sostienen la idea de que “un maltratador puede ser un buen padre” o que “el padre tiene derecho a ver a su hijo” por encima del derecho del menor a la protección de su integridad física y moral. En los últimos cinco años, 27 menores han sido asesinados por sus padres en un régimen de visitas, según las últimas estadísticas oficiales. El régimen de visitas solo se suspende en un 3% de los casos.
Los menores afectados sufren numerosas secuelas psicológicas, como ansiedad, depresión, trastornos emocionales y conductas disruptivas
Existen ya sentencias del Tribunal Supremo que suspenden el régimen de visitas (STS 4900/2015) o privan al progenitor del ejercicio de la patria potestad (STS 568/2015). Estas sentencias crean jurisprudencia, si bien por el momento en el Centro aún nos estamos encontrando con sentencias que contravienen la jurisprudencia del Supremo.
Pese al indudable avance jurídico que supuso la Ley de Medidas de Protección Integral para la Violencia de Género, el sistema de protección padece de importantes deficiencias. Falta sensibilización y formación especializada en los profesionales de la judicatura. Siguen existiendo jueces y magistrados que no aprecian riesgo en las amenazas de muerte, en las agresiones previas, o que siguen sosteniendo que un maltratador puede ser un buen padre o que “el padre tiene derecho” a ver a sus hijos/as, como si los derechos parentales fueran ilimitados o como si los menores y las mujeres no tuvieran derecho a la protección de su integridad física y moral. Valga recordar el caso de Martina y Nerea, las dos niñas recientemente asesinadas en Castellón a manos de su padre. La juez titular del Juzgado de Violencia de Género número 1 de Castellón no apreció riesgo en las amenazas proferidas por el padre: “despídete de las niñas”, “te voy a quitar lo que más quieres”. La juez no apreció riesgo en esas palabras, ni en las agresiones sufridas por la madre en los años anteriores. El padre las asesinó en un régimen de visitas no supervisado.
Valga también recordar el bochornoso espectáculo que ofreció el juez Martínez Derqui a primeros de este mes de octubre, mofándose de una víctima de violencia de género, calificándola de “bicho” e “hija de puta”, riéndose y humillándola con el aplauso de la letrada y la fiscal que le reían las gracias. Era una conversación privada, pero era una conversación entre tres profesionales que tenían en sus manos el destino de una mujer y sus hijos, y que no partían de una posición imparcial. “Verás el disgusto que se va a llevar la M.S. cuando vea que tiene que darle los hijos al padre”. Cabe preguntarse qué hubiera sucedido de no haberse filtrado esta grabación a los medios. ¿Estaba protegida la integridad física y moral y los derechos de esos menores? ¿Y qué sucede con los menores cuyo caso no se filtra a los medios? ¿Son imparciales los jueces o tienen una idea preconcebida sobre las víctimas que condiciona las sentencias? ¿Son conscientes los jueces de que hay vidas en juego? ¿Es consciente la juez del Juzgado de Violencia de Género de Castellón de que una sentencia suya ha causado la muerte de dos menores? ¿Es consciente el señor Martínez Derqui de que su falta de profesionalidad pueden costarle la vida a mujeres y niños?
Itziar, la madre de Martina y Nerea, podrá denunciar al Estado y reclamar la responsabilidad patrimonial de la Administración Pública. Nada puede devolverle a sus hijas, pero las condenas judiciales a la Administración y la obligación de indemnizar pueden contribuir a que desde los poderes públicos empiecen a tomar conciencia y a adoptar medidas. Recientemente, la madre de familia Ángela González ganó un pleito contra el Estado ante la ONU por un caso similar (el padre de su hija la asesinó en 2003 en una visita no supervisada). La madre va a ser indemnizada con 600.000 euros tras el dictamen de la ONU contra España, finalmente aceptado por una sentencia del Tribunal Supremo. Evidentemente, nada le va a devolver a su hija, pero la Administración debe responder por sus insuficiencias y errores e indemnizar.
Muchos niños se ven expuestos a la violencia de género cada año. Estos menores sufren importantes secuelas físicas y psíquicas y en ocasiones peligra su vida. Es indispensable que los profesionales que atienden a víctimas de violencia de género reciban formación específica y estén sensibilizados sobre esta realidad. Profesionales sanitarios, policía, psicólogos/as, trabajadores/as sociales, abogados y jueces necesitan conocer la realidad de la violencia de género, poseer conocimientos sobre los perfiles de los agresores, las consecuencias en la víctima y en los menores, las formas de actuar comunes en las víctimas (como el miedo a denunciar, la retirada de denuncias por miedo o la tendencia a justificar las agresiones). Una adecuada formación de los profesionales puede mejorar la detección, la intervención y la acción judicial, evitando consecuencias trágicas.
Pese a la gravedad de las secuelas, aún se dan graves situaciones de desprotección
Copyright Carmen Alemany Panadero
Publicada originalmente en Medium