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Propuesta de Ley de Entidades Financieras: Sabbatella y Heller

01/05/2010 13:00 0 Comentarios Lectura: ( palabras)

Los diputados Martín Sabbatella y Carlos Heller presentaron un proyecto de Ley de Entidades Financieras que de implementarse marcaría un cambio de paradigma en las actividades financieras

Los diputados Martín Sabbatella y Carlos Heller presentaron un proyecto de Ley de Entidades Financieras que de implementarse marcaría un cambio de paradigma en las actividades financieras.

La Ley propuesta se enmarca en dos ejes:

  • La definición de la actividad financiera es un servicio público
  • Se concibe la Ley a partir de las necesidades de los usuarios y no de las entidades financieras

Sabbatella y Heller

En el artículo 1 de la Ley se establece que la actividad financiera es un servicio público orientado a satisfacer las necesidades transaccionales, de ahorro y crédito de todos los habitantes de la Nación, y contribuir a su desarrollo economito y social. Esta Ley esta orientada a que los servicios financieros pongan su foco en las pequeñas y medianas empresas con la facilitación crediticia y en los sectores de menos recursos mediante el establecimiento de servicios esenciales con limitaciones en las comisiones que cobran. Es sabido que actualmente los bancos cobran un conjunto de gastos que en su mayoría son exorbitantes. Las entidades financieras deberán destinar, directa o indirectamente, no menos de un 38% del total de sus financiaciones al sector privado a las Micro, Pequeñas y Medianas empresas (Mipymes) y un 2% a microemprendimientos

Esto además estaría enmarcado en un código de conducta de entidades financieras. La ley permite establecer y diferenciar claramente entre entidades locales y extranjeras. Al código de ética se le suma la implementación de una Defensoría del Usuario de Servicios Financieros que estaría dentro del ámbito del BCRA. Este organismo actuaría en defensa y protección de los usuarios ante cualquier problema con las entidades financieras.

Impulsar el financiamiento productivo general, en particular de las micro, pequeñas y medianas empresas nacionales

Sobre la garantía de los depósitos el proyecto propone:

Un régimen con garantía estatal, garantizado por el Estado Nacional, que resulta obligatorio para todas las entidades financieras, con un límite de hasta $100.00 por habitante o su equivalente en moneda extranjera y cualquiera sea la tasa pagada por los depósitos. La idea es reincorporar al seno del BCRA el Sistema de Garantía de Depósitos que fue parcialmente privatizado mediante la Ley 24.485. Se transfieren al Estado Nacional los activos del “ Fondo de Garantía de los Depósitos” que administrará al Banco Central. El objetivo es generar un sistema más productivo desde el punto de vista del depositante

Establecen como objetivos de la Ley

  • Promover el acceso universal a los servicios financieros
  • Proveer medios de pago y transaccionales eficientes para facilitar la actividad económica y las necesidades de los usuarios
  • Fortalecer el ahorro nacional mediante productos financieros acordes a las necesidades de los usuarios
  • Proteger los ahorros colocados en las entidades financieras, en particular a los correspondientes a los pequeños y medianos ahorristas.
  • Impulsar el financiamiento productivo general, en particular de las micro, pequeñas y medianas empresas nacionales
  • Promover el crédito destinado a satisfacer las necesidades de vivienda y consumo de las personas y grupos familiares
  • Alentar una distribución regional equitativa de la actividad financiera
  • Preservar la estabilidad del sistema financiero

Está es una Ley de claro sesgo progresista que largamente esperada por los sectores populares. De sancionarse sería un avance importante en el logro de un país mas justo.


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Ulianov (6 noticias)
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